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La Cámara de Comercio de Villavicencio fue creada a través del decreto 306 del 10 de Febrero de 1962 e inició actividades a partir del 1º. De Mayo de 1962, con su actividad principal de llevar el Registro Público de los comerciantes de su jurisdicción y representa los intereses de los mismos ante el Gobierno Nacional.
Posteriormente, con la Ley 80 de 1993 le fue atribuido a las Cámaras de Comercio el manejo del registro único de proponentes, con base en la reglamentación esta actividad inicia a partir del 28 de Octubre de 1994.
En 1995 se expide el Decreto anti-trámite 2150, que en sus artículos 40 al 45 reglamenta y faculta el manejo del registro de entidades sin ánimo de lucro en las Cámaras de Comercio. El registro para aquellas Entidades que inician actividad se da a partir del 6 de Marzo de 1996 y a partir del 1º. De Enero de 1997 para aquellas que existían antes del 6 de Marzo de 1996.
Adicionalmente, entre las funciones delegadas a las Cámaras de Comercio del país, está la de promover el desarrollo económico y social de las regiones incorporadas en el artículo 86 del Código de Comercio y el Decreto 898 artículo 10º. Para cumplir con ese objetivo, la Cámara de Comercio de Villavicencio ha desarrollado un conjunto de actividades en busca de promover el bienestar de la comunidad empresarial dentro del espíritu de la libre iniciativa privada y con criterio social, siendo depositaria y divulgadora de fe pública, actuando como órgano de los intereses generales de aquella, promoviendo el desarrollo socioeconómico y sirviendo de fuente de información.
Las Cámaras de Comercio ejercerán las funciones señaladas en el artículo 86 del Código de Comercio y en las demás normas legales y reglamentarias y las que se establecen en el Decreto 898 de 2002-artículo 10º. Como son:
1. Actuación como órganos consultivos
2. Elaboración de estudios
3. Registros públicos
4. Costumbre mercantil
5. Arbitraje y conciliación
6. Ferias y exposiciones
7. Estatutos
8. Capacitación
9. Desarrollo regional
10. Información comercial
FUNCIÓN JURÍDICA
Las Cámaras de Comercio por delegación del poder legislativo tienen la función de ser depositarias y divulgadoras de fe pública, para ello desarrollan las siguientes actividades:
· Llevar los Registros Públicos y certificar sobre todos los actos y documentos en él inscritos.
· Notificar en boletines sobre las inscripciones hechas en los Registros Públicos y de toda cancelación y/o cambio que se efectúe en dichas inscripciones.
· Designar el árbitro, o los árbitros amigables componedores cuando los particulares se lo soliciten.
· Servir de tribunales de arbitramento para resolver las diferencias que difieren los contratantes.
· Prestar sus buenos oficios a los comerciantes para hacer arreglos entre acreedores y deudores.
· Rendir los informes que la Superintendencia de Industria y Comercio y la Contraloría General de la República, en cumplimiento de sus funciones de control y vigilancia, le soliciten.
· Las demás que le atribuyan las leyes y el Gobierno Nacional (Art. 86 del Código de Comercio, la circular única de la Superintendencia de Industria y Comercio).
FUNCIÓN DE REPRESENTACIÓN Y VOCERÍA EMPRESARIAL
Consiste en servir de órgano de los intereses generales de los empresarios que conlleva a cumplir con las siguientes actividades:
· Servir de órgano consultivo del Gobierno Nacional y en consecuencia estudiar los asuntos que éste someta a su consideración y rendir los informes que le solicite sobre la industria, el comercio y demás ramas relacionadas con sus actividades.
· Defender y promover los beneficios del sistema de la democracia y de la libre empresa.
FUNCIÓN DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO
Las Cámaras de Comercio deben promover el desarrollo económico de la jurisdicción, para lo cual deben cumplir con las siguientes actividades:
· Adelantar, elaborar y promover investigaciones y estudios jurídicos, financieros, estadísticos y socioeconómicos, sobre temas de interés regional y general, que contribuyan al desarrollo de la comunidad
· Adelantar acciones y programas dirigidos a dotar a la región de las instalaciones necesarias para la organización y realización de ferias, exposiciones, eventos artísticos, culturales, científicos y académicos, entre otros, que sean de interés para la comunidad de la jurisdicción de la respectiva Cámara de Comercio.
· Promover la capacitación en las áreas comercial e industrial y otras de interés regional, a través de cursos especializados, seminarios, conferencias y publicaciones.
· Promover programas, actividades y obras a favor de los sectores productivos de las regiones en que les corresponde actuar, así como la promoción de la cultura, la educación, la recreación y el turismo. De igual forma la Cámara de Comercio podrá participar en actividades que tiendan al fortalecimiento del sector empresarial, siempre y cuando se pueda demostrar que el proyecto representa un avance tecnológico o suple necesidades o implica desarrollo para la región.
Para tales fines podrán promover y participar en la constitución de entidades privadas o mixtas, con o sin ánimo de lucro, que cumplan con estos objetivos.
· Prestar servicio de información comercial a las personas que lo soliciten.
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