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Qué es el Centro de Conciliación y Arbitraje y Amigable Composición?
El centro de conciliación, arbitraje y amigable composición de la Orinoquía, fue creado con el fin de solucionar los conflictos y controversias que se generan en el desarrollo de la convivencia de la comunidad orinoquense. Los servicios del centro están orientados a brindar una solución económica, segura y efectiva a todos nuestros usuarios, comerciantes y empresarios.
El Centro de Conciliación es un aporte a la convivencia ciudadana, creado y aprobado mediante Resolución NO.27 del 12 de enero de 1993, expedida por el Ministerio de Justicia.
Conciliación
La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. (artículo 64 Ley 446 de 1998).
Efectos del Acta de Conciliación - El acuerdo hace tránsito a cosa juzgada
- El acta presta mérito ejecutivo
Arbitraje
El arbitraje es un mecanismo por medio del cual las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible, defieren su solución a un tribunal arbitral, el cual queda transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral.
Modelo de Cláusula Compromisoria
CLÁUSULA COMPROMISORIA: Toda controversia o diferencia surgida con ocasión de este contrato, se resolverá por un Tribunal de Arbitramento designado por las partes de común acuerdo o por delegación expresa al Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Villavicencio de la lista de árbitros y secretarios de esa entidad; conforme a los parámetros establecidos en el Decreto 1818 de 1998 y demás normas concordantes, el cual fallará en derecho.
Amigable Composición
La amigable composición es un mecanismo de solución de conflictos, por medio del cual dos o más particulares delegan en un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de precisar, con fuerza vinculante para ellas, el estado, las partes y la forma de cumplimiento de un negocio jurídico particular. El amigable componedor podrá ser singular o plural. (artículo 130 de la Ley 446 de 1998).
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