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la Cámara de Comercio de Villavicencio informa: |
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Qué en cumplimiento del artículo 7 de la ley 1429 de 2010 y del artículo 1 del decreto 545 de 2011, los comerciantes que se matricularon a partir del 29 de diciembre de 2010, siempre y cuando cumplan los requisitos de pequeña empresa, podrán acogerse a los beneficios allí establecidos, para lo cual deberán diligenciar el formulario aprobado por la Superintendencia de Industria y Comercio; actualización que no tendrá costo alguno. A las pequeñas empresas registradas entre el 29 de diciembre de 2010 y el 28 de febrero de 2011, que actualicen su información, les será certificada la calidad de pequeña empresa, y tales personas, tendrán derecho a la devolución de los dineros que se hayan cancelado por concepto de matrícula y si es del caso el 50% de los derechos de renovación para el año 2011. La anterior información se surte en cumplimiento de lo normado por el numeral 1.1.9 Capítulo Primero del Título VIII de la Circular 019 de 2011 de la Superintendencia de Industria y Comercio, modificado por la circular 021 de 2011. |
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la Cámara de Comercio de Villavicencio informa: |
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Qué en cumplimiento del artículo 31 de la ley 1429 de 2010, las sociedades que se encuentren en estado de disolución y hayan realizado pagos por concepto de renovación de su matrícula mercantil en el periodo liquidatorio a partir del 29 de diciembre de 2010, tienen derecho a la devolución de los dineros pagados por concepto de renovación. Lo anterior información se surte en cumplimiento de lo normado por el numeral 1.1.4.10, Capítulo primero, título VIII de la circular 019 de 2011 de la Superintendencia de Industria y Comercio, modificado por la circular 021 de 2011. |