Convocatoria Hospital Departamental de Villavicencio
Camara de Comercio de Villavicencio.

Convocatoria Hospital Departamental de Villavicencio

27 de Septiembre de 2022. Guardado en sección noticias

PRIMERA CONVOCATORIA

REANUDACIÓN DEL PROCESO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LA COMUNIDAD DESIGNADO POR LOS GREMIOS DEL SECTOR PRODUCTIVO EN LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO E.S.E. 


  CONSIDERACIONES:  

Que la secretaria de Salud del Meta, en cumplimiento de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el artículo 7 del Decreto 1876 de 1994, solicitó a la Cámara de Comercio de Villavicencio, coordinar la elección del representante de los gremios de la producción en la Junta Directiva del Hospital Departamental Villavicencio E.S.E

Que el nombramiento del miembro designado por los gremios de la producción para conformar la Junta Directiva del E.S.E mencionada, está sujeto a las condiciones (inhabilidades e incompatibilidades), establecidas en el Acuerdo en los términos establecidos en el artículo 3° del Acuerdo 010 del 20 de octubre de 2009 “Reglamento Interno de la Junta Directiva del Hospital Departamental de Villavicencio E.S.E.”. 

De acuerdo con el inciso 3 del numeral 3 del artículo 2.5.3.8.4.2.3 del Decreto 780 del 2016, que compiló el Decreto 1876 de 1994, “El segundo representante será designado por los gremios de la producción del área de influencia de la Empresa Social; en caso de existir Cámara de Comercio dentro de la jurisdicción respectiva la Dirección de Salud solicitará la coordinación por parte de está, para la organización de la elección correspondiente”. 

Como puede observarse, la norma citada no establece expresamente el procedimiento para la designación del representante de los gremios de la producción, siendo la respectiva Cámara de Comercio, quien debe coordinar la organización de la elección correspondiente. 

Así las cosas, en virtud de lo establecido artículo 8° ibídem, en concordancia con el artículo 2 del Acuerdo No. 010 de 20 de octubre de 2009 del Reglamento Interno de la Junta Directiva del Hospital Departamental de Villavicencio E.S.E., el 28 de enero de 2020, la Cámara de Comercio de Villavicencio efectuó convocatoria para la elección del representante de la comunidad designado por los gremios del sector productivo en la junta directiva del HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO E.S.E. , publicándose en esa misma fecha la BASE DE DATOS de los GREMIOS DE LA PRODUCCIÓN que estarían habilitados para efectuar la respectiva elección. 

Ahora bien, es claro que pese a haberse efectuado una depuración de la base de datos en el año 2020, por parte del ente cameral, el trámite adelantado se declaró viciado de nulidad y, por ende, debía retrotraerse la actuación al momento procesal en el que se publicó la convocatoria y la BASE DE DATOS de los GREMIOS DE LA PRODUCCIÓN que estarían habilitados para efectuar la respectiva elección

Teniendo en cuenta que dentro de la convocatoria adelantada hubo un postulado habilitado la ASOCIACIÓN DE INGENIEROS DE SISTEMAS DEL META, con Nit 900.067.548-7, en aras de garantizar sus derechos adquiridos y el debido proceso, se dispuso a informarle por el medio más expedito la decisión de declarar la nulidad del proceso, para que, en caso de que persistiera su interés de participar dentro de la convocatoria, se tendrían como válidos los documentos que ya habían presentados. 

Que la citada decisión fue comunicada a los interesados publicándola en las Páginas Web de la Cámara de Comercio de Villavicencio, la Secretaría de Salud del Meta, y el Hospital Departamental de Villavicencio E.S.E. 

Que es un hecho de público, durante la pandemia existía una normatividad de carácter superior que impedía programar una fecha exacta para llevar a cabo la elección presencial, no obstante, esta entidad cameral consideró pertinente realizar el trámite de selección de candidatos, mientras se establecen los parámetros pertinentes para poder llevar avante el proceso de elección con plenas garantías de transparencia una vez se superara las limitaciones producto de la pandemia. Una vez surtido el proceso de selección se determinó que, ASOCIACIÓN DE INGENIEROS DE SISTEMAS DEL META y COOPERATIVA DE URÓLOGOS DEL META Y LA ORINOQUÍA CUMO, cumplían con los requisitos señalados en el numeral TERCERO de la primera convocatoria “para la elección del representante de la comunidad designado por los gremios del sector productivo en la junta directiva del HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO E.S.E.”. 

Ver archivos 

Reanudación del proceso para la elección del representante de la comunidad designado por los gremios del sector productivo en la junta directiva del Hospital  Departamental de Villavicencio E.S.E :

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