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DEPURACIÓN RUES LEY 1727 DE 2014 ARTÍCULO 31   LA CÁMARA DE COMERCIO DE VILLAVICENCIO INFORMA A LOS REGISTRADOS

Atendiendo lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, por medio de la cual se ordena la depuración de los Registros Públicos incorporados en el Registro Único Empresarial y Social – RUES, a los matriculados que han faltado a la obligación de renovar su matrícula mercantil, en el lapso de los últimos cinco (5) años, se les invita a ponerse al día y renovar oportunamente su matrícula mercantil o inscripción en el registro al año VIGENTE, para evitar de esta manera la cancelación de la matricula (para el caso de las personas naturales, los establecimientos de comercio, sucursales y agencias) o la disolución y liquidación de su sociedad o entidad sin ánimo de lucro y así, continuar apoyando la formalización de las actividades empresariales en Colombia y el fortalecimiento de la base empresarial del país.

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