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1 - Libros electrónicos.

Libros que se inscriben  

- Los libros que se deben inscribir para las sociedades mercantiles de acuerdo al artículo 175 del decreto 019 de 2012  

- Los libros de registro de socios o accionistas, y los de actas de asamblea y juntas de socios.

Lugar de inscripción   

La entidad debe presentar su solicitud de inscripción de libros en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde va a tener su domicilio principal.  

La inscripción se puede solicitar en cualquier tiempo, siempre que la entidad se encuentre registrada en la Cámara de Comercio.  

Requisitos para solicitar el registro de libros      

1. DILIGENCIA MIENTO  DE LA SOLICITUD  

2. Diligenciar la presente solicitud SIN TACHONES, NI ENMENDADURAS TOTALMENTE A MAQUINA O EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE Y CLARA .  

3. El NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O RAZÓN SOCIA L debe ser completo y legible, tal como figura registrado en el Registro Respectivo que lleva esta entidad.  

REQUISITOS LIBROS SISTEMATIZADOS   

Los libros de formas continuas, hojas removibles o series continuas de tarjetas, deben contener EN CADA UNA DE SUS HOJAS , lo siguiente: Razón Social (persona jurídica) o Nombre del Comerciante (persona natural), el Nit, el Nombre del Libro, La numeración (paginación) y un código que no pase de cinco (5) caracteres.  

NOTA : El código es un distintivo de máximo cinco (5) caracteres, conformado por letras o números, o números y letras, escogido libremente por el comerciante.  Este distintivo debe colocarse en cada una de las hojas del libro, junto con la numeración consecutiva y los demás datos.  No puede usarse como código la misma destinación del libro y se debe conservar el mismo código al igual que el consecutivo para futuras inscripciones, cada libro debe tener su propio código.  


REQUISITOS LIBROS MANUALES  

El libro debe traerse NUMERADO (PAGINACIÓN) y ROTULADO. En el rotulo debe indicarse el nombre del comerciante (persona natural), Razón social (persona jurídica), el NIT o Cédula y el destino del libro. El libro manual NO DEBE TRAER CÓDIGO.  

PARÁMETROS ESTABLECIDOS EN LA CIRCULAR No. 10 DE 2001 DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y DECRETO 2649 DE 1993 .  

La solicitud de registro de libros debe ser firmada por el comerciante inscrito en registro mercantil como persona natural o para el caso de las personas jurídicas es el representante legal quien debe firmar la solicitud.   

Para el caso de certificación de libros ya inscritos lo debe firmar el revisor fiscal si está inscrito o contador público.  

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