Persona Natural.
¿Qué es una persona natural?
Todo individuo de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición, el cual es un ser humano individual reconocido por la ley, que ejerce derechos y contrae obligaciones a título personal, respondiendo por sus actos y deudas con su propio patrimonio (bienes y dinero), (art 74 Código Civil).
¿ Qué personas naturales se deben matricular en la Cámara de Comercio ?
Se deben matricular todas las personas naturales que realicen en forma permanente o habitual actividades mercantiles, que son aquellos actos económicos de compra, venta, intercambio o intermediación de bienes y servicios, con el objetivo principal de obtener una ganancia o beneficio económico (lucro).
¿ Cuándo se debe realizar la Matrícula Mercantil de una persona natural ?
La matrícula de la persona natural debe efectuarse dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se empezó a ejercer el comercio, (art. 31 Código de Comercio).
¿ Dónde se debe matricular ?
La persona natural presentara su solicitud de matrícula en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde se encuentra domiciliada, lo cual puede realizar en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio o en cualquier otra sede de Cámara de Comercio a nivel nacional a través del sistema nacional RUES (Registro Único Empresarial y Social).
¿Cuáles son los requisitos para formalizarse en el registro mercantil? .
Para realizar el proceso de matrícula de persona natural se requiere la presencialidad del usuario que se registrará de no ser posible se puede realizar a través de apoderado, para lo cual se deberá suministrar la siguiente documentación y realizar las siguientes validaciones:
Presentarse con el documento original de identidad, a fin de identificar la persona que radica la documentación mediante sistema de biométrica en el marco del Sistema de Prevención de Fraudes – SIPREF, el cual pretende salvaguardar los registros públicos.
Suministrar fotocopia del documento de identificación, en caso de tener contraseña de primera vez no podrá realizarse con este documento, si es un duplicado deberá antes de solicitar el trámite, verificar el estado del mismo en la página de la registraduría nacional a fin confirmar si ya se encuentra disponible la cedula, ya que en este caso no podrá presentar la contraseña como medio de identificación, por ser la cedula el documento valido. https://wsp.registraduria.gov.co/estado_docs/documento/consultar/1065375369
Suministrar copia del formulario del Registro Único Tributario (RUT) si ya se cuenta con este, teniendo en cuenta que esta información solo está disponible para la persona, se deberá presentar una impresión con la fecha del día en que se realizará la solicitud de matrícula, a fin de constatar que esté vigente el RUT para realizar el trámite, esto puede realizarlo ingresando con su usuario a la página de la DIAN. https://muisca.dian.gov.co/WebRutMuisca/DefSolicitaCopiaRUT.faces
En caso de no contar con el RUT, en el proceso de creación de empresa deberá indicar las responsabilidades tributarias asociadas a su actividad comercial a fin de que sean capturadas para solicitud del RUT y firmar el documento generado por el sistema o podrá diligenciar el formato de responsabilidades tributarias que tiene a su disposición la entidad.
Diligenciar y firmar la constancia auto reconocimiento Ley 2234 de 2022, en la cual indica si aplica para ser considerado emprendedor social.
Para el caso de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 1780 de 2016 deberá diligenciar la constancia respectiva, a fin de que se otorguen los beneficios respectivos.
1. La empresa cuyo personal no sea superior a 50 trabajadores y sus activos totales no superen los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Diligenciar el Formulario Registro Único Empresarial y Social - RUES debidamente y completamente diligenciado, tenga en cuenta que deberá diligenciar la información real en cuanto a nombre completo, número de identificación, dirección, teléfono, correo electrónico, códigos CIIU, información financiera, cuya información es indicada por el comerciante también en la declaración juramentada, ya que con esta se confirma la información que será diligenciada en el trámite de matrícula.
Teniendo en cuenta que el trámite de matrícula debe realizarse de forma directa por parte de la persona natural, en caso de no poder realizarlo, deberá suministrar poder para realizar el trámite, no obstante, también puede acudir a los medios electrónicos que tiene a su disposición la entidad para realizar el trámite de forma virtual a través del enlace https://sii.confecamaras.co/vista/plantilla/home.php
En el caso de Villavicencio a través de la Ventanilla Única Empresarial enlace
https://www.vue.gov.co/tramites-y-consultas/creacion-empresa-persona-natural-juridica
En el caso de los poderes especiales que se radiquen para inscripción o cuando se adjunten para adelantar alguna actuación ante la cámara de comercio, es necesario que con anterioridad se surta el trámite de presentación personal. Los poderes con presentación personal podrán allegarse en copia simple a la cámara de comercio.
Deberá cancelar el valor correspondiente a los derechos de matrícula, el cual depende a los activos reportados en el formulario RUES de matrícula según las tarifas de los registros públicos, establecidas por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 045 de 2024.
Tenga en cuenta que según sea el caso particular se podrán solicitar otros requisitos o documentos adicionales.
Para realizar su matrícula la entidad ha diseñado récords para facilitar el reporte de información.
Aquí va el enlace para descarga del modelo
RRP-084-FORMATO-CARTA-RESPONSABILIDADES
RRP-056-CONSTANCIA-LEY-1780-DE-2016
RRP-083-CONSTANCIA-LEY-2234-DE-2022-AUTO-RECONOCIMIENTO
¿Cuál es la importancia de la matrícula mercantil? .
Ø Permite cumplir con los deberes del comerciante.
Ø El certificado expedido por la Cámara de Comercio permite acreditar la condición de comerciante.
Ø La matrícula es una fuente de información comercial a la cual pueden acudir quienes deseen conocer la actividad económica, referencias y solvencia económica del inscrito o matriculado.
Ø Es un requisito para la admisión al proceso de insolvencia preventivo de la persona natural.
Ø Permite ingresar a la gran base de datos de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Ø Facilita la Obtención de créditos en el sector financiero.
¿ Cuándo debe renovarse ?
Entre los meses de enero a marzo de cada año debe renovarse la matrícula, para obtener los beneficios que de ella se derivan y evitar sanciones legales.
Para la renovación de la matrícula es necesario diligenciar el formulario RUES correspondiente, el cual se deberá presentar firmado en original en cualquiera de nuestras sedes y se deberá cancelar los derechos de ley respectivos de conformidad con las tarifas legales establecidas.
Recuerde que la información financiera debe corresponder al balance cortado a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
¿Como modificar la información del registro? .
Cualquier modificación que afecte el contenido del formulario RUES ya sea después de la matrícula o de la renovación, debe solicitarse por escrito, para la radicación del trámite se realizara ante Cámara biometría a quien radica el trámite.
La solicitud de modificación se presentará en cualquiera de nuestras sedes, mediante documento firmado en original, cancelar los derechos de ley respectivos de conformidad con las tarifas legales establecidas.
Actividad Económica .
Dirección Comercial o de Notificación Judicial.
Adición o disminución de activos.
RRP-080 Solicitud de Cambio de la información en el registro mercantil.
RRP-176 Solicitud de cambio de la información financiera en el Registro Mercantil.
¿Qué clases de modificaciones se pueden realizar en el registro? .
Las modificaciones que realizan comúnmente son:
Ø Modificación de la actividad Económica.
Ø Modificación de la Dirección Comercial y/o Dirección Notificación Judicial.
Ø Modificación de la última información financiera reportada
Para el registro de estos cambios la entidad tiene a su disposición récords que pueden facilitar las solicitudes de acuerdo a su necesidad, para la radicación del trámite se realizara ante Cámara biometría a quien radica el trámite.
Aquí va el enlace para descarga del modelo
¿ Cómo se cancela la matrícula ?
Cuando una persona natural deja de realizar actividades mercantiles, se debe mediante solicitud escrita firmada en original, solicitar la cancelación de la matrícula.
Cuando la persona natural fallece, la solicitud de cancelación la podrá ser presentada por cualquiera de los herederos de la persona, adjuntando el acta de defunción o certificado de defunción y el documento donde consta el parentesco de la persona que solicita la cancelación o el documento de sucesión cuando poseen establecimientos de comercio.
La solicitud se presentará en cualquier sede de Cámara de Comercio, en donde se debe pagar el valor correspondiente a los derechos autorizados por la ley, para la radicación del trámite se realizará ante Cámara biometría a quien radica el trámite.
Aquí va el enlace para descarga del modelo
RRP-063-CARTA-CANCELACION-MATRICULA-MERCANTIL-V2
¿Como registrar la pérdida de calidad del comerciante y/o cesación de la actividad? .
La información sobre la pérdida de calidad de comerciante por parte de una persona natural y/o sobre el cierre definitivo de su establecimiento de comercio, se inscribirá en la Cámara de Comercio y si se han renovado los años anteriores se cancelará la matricula.
Aquí va el enlace para descarga del modelo
RRP-005-CESACION-ACTIVIDAD-ECONOMICA-PN-V4
¿Un menor de edad puede registrarse como comerciante? .
Sí, un menor de edad entre 14 y 17 años, puede registrarse como comerciante y matricularse en la Cámara de Comercio, siempre y cuando cuente con la autorización expresa de sus padres o representantes legales, con presentación personal ante el funcionario autorizado de la Cámara de Comercio o reconocimiento de contenido y firma ante notario o juez. Así mismo deberá adjuntar copia del registro civil de nacimiento del menor. (Art. 62 de Código de Comercio, modificado por el Art. 1 del Decreto 772 de 1975 y Art. 12 del Código de Comercio.)
Aquí va el enlace para descarga del modelo
RRP-068-AUTORIZACION-TRATAMIENTO-DATOS-PERSONALES-MENORES-DE-EDAD-V2
RRP-070-AUTORIZACION-MENORES-DE-EDAD-TRAMITES-REGISTRALES-V2
¿Quiénes no deben registrarse? .
Aquellas personas naturales que no sean comerciantes como por ejemplo asalariados, personas que ejercen profesiones liberales, personas que no ejercen actividades mercantiles.
Según el Decreto 3050 de 1997 en su artículo 25 establece que: “Para efectos de la exclusión de que trata el artículo 44 de la Ley 383 de 1997, se entiende por profesión liberal, toda actividad en la cual predomina el ejercicio del intelecto, reconocida por el Estado y para cuyo ejercicio se requiere la habilitación a través de un título académico”.
El código de comercio ha definido expresamente que las actividades relacionadas con las profesiones liberales no son consideradas actos de comercio o actividades mercantiles, por lo que quienes ejerzan profesiones liberales no están obligados a inscribirse en el registro mercantil que llevan las Cámaras de Comercio. (Ordinal 5º del artículo 23 del Código de Comercio).
En consecuencia, quien tenga como actividad exclusivamente la prestación de servicios inherentes a una profesión liberal (ingeniero, abogado, arquitecto, médico, etc.) no estará obligado a matricularse o mantenerse en el registro como comerciante.
¿Cuándo se da el cambio de domicilio de una persona natural? .
El cambio de domicilio de una persona natural se da cuando cambia su residencia habitual o su lugar principal de negocios, momento en el que puede decidir cancelar el registro o solicitar el cambio de domicilio.
El cambio de domicilio consiste en trasladar a la Cámara de Comercio con jurisdicción en el nuevo domicilio de la persona natural el registro mercantil.
¿Como se realiza el cambio de domicilio? .
Para realizar el cambio de domicilio, la persona natural debe estar al día en el pago de la renovación de su matrícula mercantil, con excepción de solicitudes en el periodo legal de renovación, caso en el cual la renovación se realizará en la Cámara del nuevo domicilio, conforme lo establece la Circular Externa de la Superintendencia de Sociedades 1.3.7.1.
Deberá radicarse documento suscrito por el comerciante en el que solicita el cambio de domicilio, para la radicación del trámite se realizará ante Cámara biometría a quien radica el trámite.
En ningún caso el cambio de domicilio aplica a establecimientos, sucursales y/o agencias.
Aquí va el enlace para descarga del modelo
RRP-085-DOCUMENTO-CAMBIO-DE-DOMICILIO
Una vez inscrito el cambio de domicilio, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, la Cámara de comercio de origen enviará a través del RUES a la Cámara de Comercio del nuevo domicilio los formularios de matrícula y/o renovación, la relación de todas las inscripciones y el último certificado de existencia y representación legal de la sociedad, antes de que se hubiera inscrito el cambio de domicilio.
La Cámara de Comercio del nuevo domicilio, deberá hacer la inscripción del documento de cambio de domicilio, sin costo alguno para el peticionario y a esta inscripción quedarán asociados todos los documentos enviados por la Cámara de origen.
Si el comerciante es propietario de un establecimiento de comercio lo puede dejar activo en la Cámara de origen, es decir no es necesario la cancelación definitiva de éste.