Afiliados
¿QUIÉNES SOMOS?:
Somos el área que genera beneficios, servicios, conexión, capacitaciones,
asesorías y cajero preferencial para nuestros afiliados.
SER AFILIADO NO ES LO MISMO QUE ESTAR MATRICULADO:
Es el comerciante que decide pertenecer al programa afiliados, con el fin de
obtener servicios y beneficios exclusivos. Es un proceso adicional y
voluntario.
¿QUIERES PERTENECER AL CÍRCULO DE AFILIADOS?
No dudes en contactarnos para que un promotor te visite y asesore completamente gratis.
Contáctanos:
3232761197
REQUISITOS PARA SER AFILIADO:
Así lo soliciten (formato RCE006).
Tener mínimo 2 años consecutivos de matriculados en cualquier
Cámara de Comercio.
Haber ejercido durante este plazo la actividad mercantil.
Haber cumplido permanentemente las obligaciones de la calidad de
comerciante, incluido el pago oportuno de la matricula mercantil en
cada periodo.
Enviarlo al correo electrónico: [email protected]
Para conocer más sobre el programa de afiliados o solicitar tu afiliación, comunícate con nosotros.
Área de afiliados: 3232761197
BENEFICIOS:
Oficina de atención y cajero preferencial.
Expedición gratuita del certificado de matricula mercantil.
Carta de referencia para trámites ante embajadas.
Participación exclusiva en el encuentro de afiliados.
Acceso al portafolio de beneficios de clientes preferenciales.
Descuentos en las tarifas del Centro de Conciliación y Arbitraje.
Descuentos en alquileres de espacios físicos (auditorios, salas y
plazoleta).
Descuentos en talleres, cursos y seminarios.
Credencial que lo acredite como afiliado.
Derecho a elegir y ser elegido.
uso de stand empresarial para promocionar servicios en la sede
principal de la CCV, avenida 40.
La calidad de afiliado se perderá por cualquiera de las siguientes causales :
1. Por Solicitud escrita presentada por el afiliado, la cual debe ser aceptada por el comité de afiliación.
2. Por no pagar oportunamente la cuota de afiliación o su renovación.
3. Por la pérdida de calidad de comerciante.
4. Por el incumplimiento de cualquiera de los requisitos y deberes establecidos para conservar la calidad de afiliado.
5. P or encontrarse en proceso de liquidación.
6. Por cambio de domicilio principal a otra jurisdicción.
7. Por orden de autoridad competente.
8. Por cancelación de la matricula mercantil.
9. Por liquidación de la persona jurídica o muerte de la persona natural (comerciante).
10. Por inscripción de la providencia en el registro mercantil, que declara la liquidación obligatoria.
11. Por incurrir en cualquiera de los delitos establecidos en el Artículo 16 del Código de Comercio.
12. Cuando cambia su naturaleza a sociedad civil en el caso de las personas jurídicas.
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